SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0043/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0043/2004-R

Fecha: 14-Ene-2004

II.1.

II.1.   El 8 de mayo de 2002, Silvia Martinez Saavedra, Jobita Ramirez Montaño, Jhonny Edwin Romero Salguero, Alejandrina Lazarte de Ayaviri, Cinda Montaño Fuentes, Mateo Lafuente Machado, Zhenia Revollo y Erica Alavarado Revollo, formularon denuncia ente el Ilustre Colegio de Abogados de Cochabamba, contra Jorge Paz Mendieta -mandante del actor- por la presunta infracción de los arts. 1, 2, 3, 5, 6, 8, 21, 33, 34, 39, 40 y 41  del Código de ética profesional para el ejercicio de la abogacía (fs. 140-142), por los siguientes hechos: a) lenguaje destemplado, agresivo y obsceno; b) exigencias y condiciones para favorecer a su “socia”, porque no vacila en elaborar documentos transaccionales fraudulentos e incluso obligar a incurrir en falso testimonio, además de acoso sexual; c) amenazas y amedrentamientos verbales y físicas; d) extorsiones;  además de e) interferencia y obstaculización a investigaciones.