Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0061/2004-R
Fecha: 14-Ene-2004
Fragmento 3
De acuerdo a lo expuesto, interpone recurso de amparo constitucional contra Freddy Zárate Valda, Jefe de Espectáculos Públicos de la Alcaldía de Sucre, Fidel Herrera Ressini, Alcalde Municipal en la gestión 2002, Virginia Villarroel de Molina, Alcaldesa interina y Margarita Padilla Rojas, Secretaria General de la Alcaldía, solicitando sea declarado procedente, por ende, se deje sin efecto las resoluciones de clausura definitiva e inhabilitación de su actividad comercial, como la nulidad de todo el proceso desde sus inicios -primera resolución de septiembre de 2002-, sea con costas , daños y perjuicios.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- b)
- c)
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- a)
- III.1.
- ha determinado que el término máximo para interponer el amparo es de seis meses computables a partir del conocimiento del acto ilegal u omisión indebida o del agotamiento de los medios administrativos u ordinarios previstos en la ley
- III.2.
- sin que las autoridades puedan actuar a su libre arbitrio ignorando la Constitución y las Leyes
- III.3.
- III.4.
- 1. REVOCAR en parte