Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0061/2004-R
Fecha: 14-Ene-2004
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución 257 de 4 de noviembre de 2003, cursante de fs. 409 a 411, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca en el recurso de amparo constitucional interpuesto por Martha Gómez Gómez contra Freddy Zárate Valda, Jefe de Espectáculos Públicos de la Alcaldía de Sucre, Fidel Herrera Ressini, Alcalde Municipal en la gestión 2002, Virginia Villarroel de Molina, Alcaldesa interina y Margarita Padilla Rojas, Secretaria General de la Alcaldía y, alegando la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, al trabajo, al debido proceso y al principio de legalidad.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- b)
- c)
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- a)
- III.1.
- ha determinado que el término máximo para interponer el amparo es de seis meses computables a partir del conocimiento del acto ilegal u omisión indebida o del agotamiento de los medios administrativos u ordinarios previstos en la ley
- III.2.
- sin que las autoridades puedan actuar a su libre arbitrio ignorando la Constitución y las Leyes
- III.3.
- III.4.
- 1. REVOCAR en parte