SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0110/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0110/2004

Fecha: 05-Oct-2004

Fragmento 10

Por memorial presentado el 11 de junio de 2004, cursante de fs. 39 a 43, Oscar Suaznabar Morales, Remberto Gerardo Solíz Basma y Edwin Neil Céspedes Chacón dentro del proceso penal que les sigue el Banco Solidario (SOL) S.A. por los supuestos delitos de allanamiento de domicilio, atentado contra la libertad de trabajo y calumnias, solicitaron al Juez de la causa, promueva recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad contra la Ley 2683 de 12 de mayo de 2004, señalando que el 21 de febrero de 2001 a raíz de una denuncia, se elaboraron diligencias de policía judicial para investigarles por los supuestos delitos de atentado contra la libertad de trabajo, allanamiento de domicilio y calumnias, presentándose querella el 22 de marzo de 2001, lo que motivó que se abriera causa, la misma se encuentra en el plenario, en cuyo estado procesal, se ha dictado la Ley 2683 que es inconstitucional porque infringe los principios de legalidad, de seguridad jurídica, del debido proceso, de favorabilidad y derecho adquirido, de defensa y en lo principal, de retroactividad contemplados en los arts. 7 inc. a), 16.II y IV, 33 y 35 de la CPE, así como el art. 9 de la Convención Americana de Derechos Humanos, al modificar y derogar la Disposición Transitoria Tercera del CPP, en perjuicio del imputado, pretendiendo dársele aplicabilidad en un proceso a una norma que es más gravosa, por lo que solicitaron se admita el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad y se declare la inconstitucionalidad de la Ley 2683 de 12 de mayo de 2004.