Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0110/2004
Fecha: 05-Oct-2004
I.8.2. Trámite procesal del incidente y
Corrido en traslado el incidente, el mismo fue respondido por Mary Paz Salas Mena manifestando que sea rechazado, dado que el presentante no demostró su personería por cuanto no es abogado de oficio nombrado por el Juez y no presentó poder alguno conferido por los procesados, tampoco ha explicado en que medida la decisión final del proceso judicial depende de la constitucionalidad de la Ley 2683; además no ha dado cumplimiento a lo establecido por las normas previstas por el art. 30 inc. 3) de la LTC.
- recursos indirectos o incidentales de inconstitucionalidad
- ,
- I.1.2. Trámite procesal del incidente y Resolución del Juez
- Ley 2683 de 12 de mayo de 2004,
- I.2.2. Trámite procesal del incidente y Resolución del Juez
- rechazó el incidente
- Fragmento 7
- I.3.1. Relación sintética del recurso
- I.3.2. Trámite procesal del incidente y
- Fragmento 10
- I.5.2. Trámite procesal del incidente y Resolución del Juez
- Fragmento 12
- I.6.1. Relación sintética del recurso
- I.6.2. Trámite procesal del incidente y Resolución del Juez
- I.7.1. Relación sintética del recurso
- Fragmento 16
- I.8.2. Trámite procesal del incidente y
- (fs. 92 a 93)
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.