SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0110/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0110/2004

Fecha: 05-Oct-2004

I.5.2. Trámite procesal del incidente y Resolución del Juez

Corrido en traslado el incidente, el mismo fue respondido por Ricardo José Guzmán Cornejo por el Banco de Crédito de Bolivia S.A., manifestando que la Ley impugnada es ley de la República y que el recurso planteado por los encausados resulta absolutamente infundado, por no ser evidente que la Ley 2683 haya vulnerado los preceptos constitucionales acusados de haber sido infringidos y porque los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en dicho recurso, carecen de relevancia respecto a la legitimidad y legalidad de la Ley 2683 y su vinculación con los derechos supuestamente lesionados, además de que la ley impugnada no influye en absoluto sobre la decisión del proceso penal en curso, el cual se halla legalmente regido por el DL 10426, cuyas disposiciones legales garantizan los derechos y garantías y el debido proceso que les asiste a los nombrados encausados, solicitando se rechace el incidente por ser manifiestamente infundado (fs. 16-19).