SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1630/2004-R
Fecha: 08-Oct-2004
II.2.
II.2. El 8 de julio de 2004, los mismos ciudadanos brasileños que presentaron denuncia el 7 de junio, presentaron denuncia por el delito de robo de aeronaves ante el Fiscal de turno adscrito a DIPROVE-TRANSITO, entre ellas la que reclama el recurrente (fs. 85-87). Esta denuncia fue atendida en el día, por la Fiscal co-recurrida Mabel Martínez Daguer mediante requerimiento en el que dispuso se dé inicio a la investigación por el delito de robo tipificado por el art. 331 del CP; y por otro requerimiento de la misma fecha comunicó de dicho inicio a la Jueza de Instrucción cautelar y también libró orden de secuestro en cumplimiento de las normas previstas por el art. 186 del CPP, disponiendo que las aeronaves sean dejadas en depósito al co-recurrido depositario (fs. 87 vta., 89, 90).