Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1630/2004-R
Fecha: 08-Oct-2004
III.5.
III.5. Respecto a que los recurridos han dado un trato preferente a los denunciantes extranjeros, otorgándoles valor a los documentos sin que éstos cumplan con los requisitos, el recurrente no ha presentado ningún elemento probatorio para demostrar lo que afirma, de modo que ante esa situación no se puede analizar si existió un acto lesivo de derechos y garantías fundamentales.