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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1634/2004-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1634/2004-R

    Fecha: 11-Oct-2004

    II.2.

    II.2.  Por planillas de pago de 10 y 23 de diciembre de 2003 consignando diferentes montos, suscritas por el actor con relación al avance de obra que realizó respecto a los mencionados contratos (fs. 36 a 49), se tiene que el ex-Alcalde de Tiquipaya, Lucio Villazón Gonzáles, ordenó se proceda a su respectiva cancelación por intermedio de la repartición de finanzas de dicho Municipio.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • 1)
    • a)
    • improcedente
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III.1.
    • III.2.
    • III.3.
    • Fragmento 14
    • Fragmento 15
    • el ámbito del amparo constitucional como garantía de derechos fundamentales, no alcanza a definir derechos ni analizar hechos controvertidos, pues esto corresponderá -de acuerdo al caso- a la jurisdicción judicial ordinaria o administrativa, cuyos jueces, tribunales o autoridades de acuerdo a la materia, son las facultadas para conocer conforme a sus atribuciones específicas las cuestiones de hecho. En este sentido, la función específica de este Tribunal, en cuanto a derechos fundamentales, sólo se circunscribe a verificar ante la denuncia del agraviado, si se ha incurrido en el acto ilegal u omisión indebida y si ésta constituye amenaza, restricción o supresión a derechos fundamentales.
    • APROBAR

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