Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1818/2004-R
Fecha: 25-Nov-2004
II.2.
II.2. Por memorial de 2 de diciembre de 1999, el recurrente solicitó libertad provisional (fs. 11) y ante la solicitud de aprehensión por parte de la querellante, el 14 de enero de 2000, se libró el mandamiento de aprehensión, disponiéndose por Auto de 21 de enero de 2000, orden instruida para ejecutar el mandamiento (fs. 12 a 21), siendo detenido el representado del recurrente el 4 de febrero de 2000. (fs. 18 vta.).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- cuando la persona con pleno conocimiento de la acción iniciada en su contra no interviene en el proceso, o ha dejado de intervenir en él por un acto de su propia voluntad, provocando su propia indefensión
- III.2.
- vale decir, concurrieron estos dos presupuestos,
- APROBAR, con los fundamentos expuestos