Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1818/2004-R
Fecha: 25-Nov-2004
improcedente
Por Resolución 506/2004, de 15 de octubre, cursante de fs. 415 a 418, se declaró improcedente el recurso, con el fundamento de que dentro del proceso no se advierte que se hubiesen vulnerado los derechos alegados, pues las garantías constitucionales se cumplieron conforme a derecho , en razón que existe defensor de oficio designado, notificado personalmente, el mismo que ha ejercido defensa en representación del declarado rebelde.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- cuando la persona con pleno conocimiento de la acción iniciada en su contra no interviene en el proceso, o ha dejado de intervenir en él por un acto de su propia voluntad, provocando su propia indefensión
- III.2.
- vale decir, concurrieron estos dos presupuestos,
- APROBAR, con los fundamentos expuestos