SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1916/2004-R
Fecha: 13-Dic-2004
determinando su absoluta indefensión, dado
De lo expuesto precedentemente, se constata que el recurrente no tuvo ninguna oportunidad de conocer el contenido de la querella ni de la Sentencia que le condenó a cuatro años de privación de libertad, para asumir su defensa real; determinando su absoluta indefensión, dado que la defensa de oficio designada no realizó una defensa real sino nominal o formal; por cuanto del análisis del expediente se establece que durante la sustanciación del proceso que motivó el presente recurso, las defensoras oficiales designadas a su turno, no realizaron defensa real alguna del recurrente, a ello se suma que al imputado después de nueve años de admitida la querella, recién en marzo de 2003, se designó a la primera abogada defensora de oficio,- Barinia Acosta-, quien jamás se apersonó al Juzgado para asumir la defensa de su representado.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- en absoluto estado de indefensión
- Fragmento 15
- -el 23 de abril de 1994-
- establece la obligatoria aplicación de la ley mas favorable al procesado
- III.4. Incumplimiento de deberes,
- determinando su absoluta indefensión, dado
- pese a haberse aplicado la máxima pena, dejando que esta sea ejecutoriada, con todos los vicios de nulidad analizados precedentemente.
- quienes no fueron demandados
- III.5. Mandamiento de condena sin competencia