SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1916/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1916/2004-R

Fecha: 13-Dic-2004

Fragmento 15

Sobre las notificaciones que provocan indefensión este Tribunal ha establecido que: “(..) sólo el conocimiento real y efectivo de la comunicación asegura que no se provoque  indefensión en la tramitación y Resolución en toda clase de procesos; pues no se llenan las exigencias constitucionales del debido proceso, cuando en la tramitación de la causa se provocó indefensión (art.16.II y IV  de la CPE) (..)”. SC 1845/2004, de 30 de noviembre.