SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1916/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1916/2004-R

Fecha: 13-Dic-2004

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Por memorial presentado el 29 de octubre de 2004, cursante de fs. 1 a 2 del expediente, el recurrente afirma que Hernán Claros Lara instauró un proceso penal en su contra por el delito de giro de cheque en descubierto, que fue tramitado en su rebeldía en el Juzgado Quinto de Instrucción en lo Penal Liquidador, habiéndose designado defensoras de oficio para que, en el curso del proceso, asuman su defensa. Sin embargo, la actitud negligente demostrada por éstas a lo largo de la tramitación del proceso, provocó su indefensión, puesto que no aportaron prueba de descargo ni impugnaron las de contrario, no formularon alegatos en conclusiones por haber renunciado a los mismos, permitiendo, por ello, que se dicte Sentencia condenatoria en su contra en la que se le impuso la pena de cuatro años de privación de libertad a cumplirse en el penal de San Pedro, fallo, que al no ser impugnado por ninguna de las partes, adquirió la calidad de cosa juzgada, vulnerándose de esta manera sus derechos fundamentales y garantías constitucionales, toda vez que ha sido condenado a sufrir una pena privativa de libertad sin haber sido oído y juzgado en un proceso legal. En virtud a estos hechos, el 14 de octubre de 2004 fue ilegal e indebidamente detenido con un mandamiento de condena emitido por la Jueza Primera de Ejecución Penal.