Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0222/2004-R
Fecha: 12-Feb-2004
II.1.
II.1. El 7 de marzo de 1997, Elvio Vargas Cuellar, presentó querella contra Adalberto Kuajara Arandia por el delito de “giro de cheque sin fondo”, previsto y sancionado por el art. 204 CP, por haber girado el cheque 36859 que fue rechazado por falta de fondos, habiendo el Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal dictado Auto Inicial de Instrucción por ese delito, el 14 de marzo de 1997 (fs. 3, 5). Este proceso, el 6 de octubre de 1999 fue radicado en el Juzgado Séptimo de Instrucción en lo Penal, luego de que se realizara la recategorización de la acción penal de conformidad a lo establecido en los arts. 19 y 20 del Código de procedimiento penal (CPP) (fs. 326).