SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0222/2004-R
Fecha: 12-Feb-2004
improcedente
Concluida la audiencia, el Tribunal del amparo, declaró improcedente el recurso con los fundamentos siguientes: a) el delito estuvo tipificado para los dos cheques por giro de cheque en descubierto, cuando uno de ellos, no fue rechazado por insuficiencia de fondos ni por ninguna de las causales previstas en el art. 204 CP; sino que fue rechazado por falta de identidad en la firma registrada en el banco, y el otro fue por “impersonería del querellante y que el mismo no fue la persona que se presentó en el protesto o el rechazo del cheque sino que el cheque fue endosado con posterioridad a otra persona que es la acusadora penal”; b) el recurso de amparo no es sustitutivo de otros recursos como argumentó el recurrido Juez Séptimo, pues no se presentaron observaciones en la sustanciación inicial del proceso como en apelación y casación por lo que es de aplicación el art. 96 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC) y c) tanto la sentencia, como las resoluciones en apelación y casación, fundamentadas en las mismas razones de derecho referidas, no violan ninguna disposición legal ni derecho de las partes, no pudiendo el Tribunal de amparo proceder a la nulidad de esos actuados para que la acción penal pueda proseguir a instancia del querellante inicial.