SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0246/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0246/2004-R

Fecha: 20-Feb-2004

renuncia tácita

            “ (..) Debe entenderse que la renuncia tácita contemplada por el art. 26 se refiere a la aceptación de otro cargo público por parte de un Concejal en ejercicio; es decir que se trata de la incompatibilidad sobreviniente establecida por el art. 27, ya que el Concejal que, ejerciendo sus funciones municipales, acepta otro cargo, implícitamente está renunciando a su mandato”.