Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0273/2004-R
Fecha: 27-Feb-2004
III.1
III.1 Antes de resolver el presente amparo constitucional, corresponde destacar que para la imposición de una sanción por la comisión de actos ilegales de las personas, se las somete a un juzgamiento donde se aplica un determinado procedimiento que se halla sujeto por la materia infringida, el tribunal u órgano que juzgará y especialmente la sanción a ser impuesta.
- amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- II.6
- III.1
- (SC 757/03-R, de 4 de junio)
- SC 787/00-R, de 24 de agosto
- III.2
- SSCC 757/2003-R de 4 de junio, 128/01-R de 12 de febrero, 1040/00-R de 10 de noviembre, 699/2002 de 14 de junio y 492/2003-R de 15 de abril
- III.3
- III.4