SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0467/2004-R
Fecha: 31-Mar-2004
Juez Primero de Instrucción en lo Penal Cautelar
El 29 de abril de 2003, el Juez Primero de Instrucción en lo Penal Cautelar, conminó a la Fiscal de Distrito para que el Fiscal asignado al caso, realice la acusación formal o emita el requerimiento conclusivo, bajo alternativa de extinguirse la acción penal, por lo que dicha autoridad, presentó el 3 de mayo el requerimiento de acusación formal contra todos los imputados, la que previo sorteo por “IANUS”, se radicó mediante auto de 6 de mayo de 2003 en el Juzgado Tercero de Sentencia en lo Penal, informándose de la existencia de dicha acusación al Juez Tercero de Instrucción en lo Penal Cautelar, omitiendo informar al Juez Primero de Instrucción en lo Penal, quien mediante Auto 86/2003 de 7 de mayo, declaró la extinción de la acción penal a favor los imputados, aplicando las normas previstas por los arts. 134 y 135 del Código de Procedimiento Penal (CPP), la SC “1036/02-R” y AC “52/02”.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Juez Primero de Instrucción en lo Penal Cautelar
- Juzgado Tercero de Sentencia en lo Penal
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- I.2 Audiencia y Resolución del recurso
- a)
- procedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- II.6
- II.7
- II.9
- II.10
- II.11
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 21
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- III.7.
- 2º