SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0467/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0467/2004-R

Fecha: 31-Mar-2004

procedente

Concluida la audiencia, la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior de La Paz, en ausencia del representante del Ministerio Público declaró procedente el recurso, dejando sin efecto las Resoluciones 86/03 y 130/03 emitidas por el Juez Primero de Instrucción en lo Penal Cautelar y la Sala Penal Segunda, sin multa por ser excusable, disponiendo la prosecución del caso GRLGR 008/2002 “América del Sur”, ante el “Tribunal” Tercero de Sentencia, con los fundamentos siguientes: a) los desfases que incurrió el director de la Investigación a través del sistema IANUS, son aspectos formales que no pueden servir de fundamento para declarar la extinción de la acción penal, en perjuicio de los intereses del Estado, puesto que por la existencia de la acusación formal dentro de los cinco días previstos por el art. 134 del CPP y documentación que se presentó del proceso en trámite ante el “Tribunal” Tercero de Sentencia, donde el recurrente incluso presentó acusación particular, evidencian que se cumplió con la normativa vigente y la jurisprudencia emitida por el Tribunal Constitucional que es vinculante; b) respecto a la inmediatez alegada, se consideró que el Auto de Vista impugnado se notificó a los recurrentes el 17 de junio del 2003, por lo que no se venció el plazo de los seis meses establecidos para aplicar dicho principio, tomando en cuenta para ello la presentación del primer recurso ante la Sala Penal Primera.