SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0030/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0030/2004

Fecha: 07-Abr-2004

a)

El recurrente representante de la empresa CORIMEXO LTD impugna de nulidad el Auto Supremo 205 de 6 de octubre de 2003, emitido dentro del proceso social que le sigue Eduardo Porfidio Yacob Estevez, por cuanto considera que: a) la intervención de la ministra Emilse Ardaya, es ilegal, puesto que por la fusión de las Salas  Sociales Primera y Segunda de la Corte Suprema de Justicia desde el 13 de noviembre de 2002,  ésta ya contaba con tres ministros habilitados; y b) el ministro relator Carlos Rocha Orosco, no pudo relacionar ni firmar dicho Auto Supremo, toda vez que estaba fuera del país desde el 4 de octubre de 2003, por lo tanto suspendida su competencia, situación que vicia de nulidad la competencia de los otros dos ministros que suscribieron esta Resolución. En consecuencia, corresponde determinar si las autoridades judiciales recurridas, al emitir el Auto Supremo de 6 de octubre, carecían de competencia para resolver el caso, debido a que el Ministro relator se encontraba suspendido del ejercicio de sus funciones, por estar gozando de una licencia.