SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0030/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0030/2004

Fecha: 07-Abr-2004

III.4.2.

III.4.2. De los datos que cursan en antecedentes se establece que el ministro  Carlos Rocha Orosco, que ofició de relator en la resolución del proceso judicial que motivó el presente recurso, obtuvo licencia de sus funciones y se ausentó del país a partir del 4 de octubre de 2003; por lo tanto, conforme a la norma prevista por el art. 31 de la LOJ, su jurisdicción fue suspendida para todos los asuntos a partir de aquella fecha.