SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0032/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0032/2004

Fecha: 05-Abr-2004

esa Dirección no otorgó a la Cooperativa ninguna concesión o permiso para la construcción de un embarcadero.

               Sin embargo, de la documentación adjunta al recurso así como de la complementaria requerida por este Tribunal, se establece que la indicada Cooperativa, inició esa construcción en base a una oferta del Director de Puertos y Vías Navegables y del Capitán de Puerto de Bermejo, de otorgarle una concesión, cual consta en el Acta de Inspección de 2 de abril de 2003, sin que haya realizado trámite alguno para concretar esa oferta, prueba de ello es la inexistencia de planos aprobados por la autoridad competente y por el DGIMFLMM; autoridad esta última que además informó a este Tribunal por nota de 18 de febrero de 2004 (fs. 297), que esa Dirección no otorgó a la Cooperativa ninguna concesión o permiso para la construcción de un embarcadero.