Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0032/2004
Fecha: 05-Abr-2004
II.11. Mediante RA 32/2003 de 5 de septiembre de 2003, emitida por el Alcalde Municipal recurrido
II.11. Mediante RA 32/2003 de 5 de septiembre de 2003, emitida por el Alcalde Municipal recurrido (fs. 88 a 89), en consideración a que la zona de la construcción fue declarada zona de reserva municipal por Ordenanza 16/90, éste instruyó la inmediata demolición de toda obra civil en ejecución dentro del área de reserva municipal, así como al desalojo de los asentados en forma irregular en dicha área, con ayuda de la fuerza pública en caso necesario. Asimismo, instruyó a la Unidad de Catastro demarcar el área de dominio público “zona de reserva municipal”, especificando el destino y superficie, ratificando que esa área es no apta para la construcción o asentamiento.
- Flor María Farfán Claros en representación de la Cooperativa de Transporte Multimodal “El Fortín del Sud” Ltda.,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Autoridad recurrida y petitorio
- I.3. Alegaciones de la parte recurrida
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- Embarcadero “El Fortín del Sud” Ltda
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.11. Mediante RA 32/2003 de 5 de septiembre de 2003, emitida por el Alcalde Municipal recurrido
- Ordenanza 16/90 de 31 de octubre de 1990 (fs. 96), por la que la Junta Municipal de Bermejo declaró
- II.13.
- II.15.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a) El DL 12684 de 18 de julio de 1975
- c) El Reglamento General de Puertos aprobado por Resolución Ministerial 0774 de 5 de agosto de 2003 emitido por el Ministerio de Defensa Nacional
- Las mismas necesariamente deberán ser aprobadas por la DGIMFLMM;
- d) La Ley de Municipalidades (LM), por disposición del art. 84 clasifica los Bienes Municipales
- III.2.
- III.3.
- esa Dirección no otorgó a la Cooperativa ninguna concesión o permiso para la construcción de un embarcadero.
- , tampoco existe ninguna solicitud de permiso para el uso del terreno perteneciente al gobierno municipal de Bermejo y menos una Resolución u Ordenanza que otorgue tal concesión
- en forma irregular le otorgó un permiso de dos años al inexistente Embarcadero “El Fortín del Sud” Ltda
- III.4.
- INFUNDADO