SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0543/2004-R
Fecha: 07-Abr-2004
El recurrido, Juez Tercero de Instrucción en lo Penal
El recurrido, Juez Tercero de Instrucción en lo Penal, por informe escrito de fs. 49 señaló que el 22 de marzo de 2003, el Juez Primero de Instrucción en lo Penal, ordenó la incautación de 1.700 kilos de bicarbonato y 1.470 litros de lavandina, ante la imputación formal realizada por el Ministerio Público contra el recurrente por el presunto delito de transporte de sustancias controladas. Con la excepción de prejudicialidad y falta de acción, se notificó el 15 de agosto de 2003 a un fiscal que no era el director funcional de la investigación, razón por la cual fue notificado el fiscal Saúl Rosales el 8 de septiembre de 2003, estando el Auto que emitió el 11 de septiembre de 2003 y que rechazó la excepción, pronunciado dentro del plazo previsto por el art. 315 del CPP, con la fundamentación exigida por el art. 124 del CPP, lo que acredita que actuó conforme a derecho. Finalmente, hizo notar que la Sala Penal declaró admisible la apelación interpuesta por el recurrente y al mismo tiempo la declaró improcedente. En mérito a lo expuesto, pidió la improcedencia del recurso por carecer de argumentos legales.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliaci{on del recurso
- El recurrido, Juez Tercero de Instrucción en lo Penal
- Por su parte los co-demandados, vocales de la Sala Penal Primera,
- Fragmento 7
- improcedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- a)
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- APROBAR