Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0543/2004-R
Fecha: 07-Abr-2004
II.2.
II.2. El 9 de agosto de 2003, el recurrente opuso excepción de prejudicialidad y de falta de acción, bajo el argumento de que la posesión de las sustancias controladas incautadas contaban con las respectivas autorizaciones de compra y hojas de ruta y solicitó se ordene al Jefe Regional de la Dirección de Control de Sustancias Controladas emita informe sobre diferentes aspectos respecto a la sustancia incautada (fs. 11 a 13). Por decreto de 11 del mismo mes y año, el Juez recurrido dispuso la notificación a las partes a efectos del art. 314 del CPP y se oficie para el informe impetrado (fs. 13); habiendo sido notificados el Fiscal recurrido y el actor el 15 de agosto de 2003 (fs. 13 vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliaci{on del recurso
- El recurrido, Juez Tercero de Instrucción en lo Penal
- Por su parte los co-demandados, vocales de la Sala Penal Primera,
- Fragmento 7
- improcedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- a)
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- APROBAR