Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0549/2004-R
Fecha: 13-Abr-2004
II.3.
II.3. Apelada la Resolución anterior por el recurrente (fs. 6 a 7), la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Justicia, mediante Auto de Vista de 3 de junio de 2003, declaró inadmisible la apelación interpuesta, al considerar que dicho recurso no se encuentra previsto en ninguno de los supuestos contemplados en el art. 403 del CPP (fs. 20 y vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1.
- 1)
- improcedente
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- esté legitimado para impugnar el acto u omisión reclamado
- acredite debidamente su legitimación activa
- III.2.
- las instancias del proceso penal
- III.3.