SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0549/2004-R
Fecha: 13-Abr-2004
II.6.
II.6. El presente recurso fue presentado el 21 de noviembre de 2003 (fs. 23 a 26); por Auto de 20 de noviembre del mismo año, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior, remitió obrados a la Sala Penal Segunda de turno, debido al inicio de las vacaciones judiciales (fs. 27); mediante decreto de 22 de noviembre, la Sala Penal Segunda otorgó al recurrente el plazo de cuarenta y ocho horas para que señale el nombre, domicilio del tercero interesado y además acompañe las pruebas en que fundaba su pretensión (fs. 29); por memorial de 2 de diciembre de 2003, el actor solicitó la suspensión de plazos para cumplir con el requisito de las pruebas extrañadas una vez que reinicie sus actividades el Tribunal Primero de Sentencia, por encontrarse en vacación judicial (fs. 30); en virtud a esa solicitud, se suspendió el plazo hasta el reinicio de las actividades del Tribunal Primero de Sentencia (fs. 30 vta.); por decreto de 19 de diciembre de 2003, el recurso de amparo constitucional fue devuelto al Tribunal de la Sala Civil Segunda, por haber reasumido funciones (fs. 32 a 33), y mediante memorial presentado el 26 de diciembre de 2003, el actor subsanó las omisiones extrañadas por la Sala Penal Segunda. (fs. 56), celebrándose la audiencia el 27 de enero de 2004.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1.
- 1)
- improcedente
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- esté legitimado para impugnar el acto u omisión reclamado
- acredite debidamente su legitimación activa
- III.2.
- las instancias del proceso penal
- III.3.