SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0609/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0609/2004-R

Fecha: 22-Abr-2004

I.2.3.

El abogado Sergio Marcelo Guillen Cevallos -uno de los imputados-, señaló que la valoración de la prueba  y las consideraciones de tipos penales, no constituyen medio o forma para buscar el amparo, ya que el Tribunal del recurso no puede valorar prueba que fue valorada por las autoridades que emitieron las Resoluciones, como lo establecen las SSCC 1652/03 y 1560 (sic).  Añadió que el Código de procedimiento penal no establece la nulidad por vencimiento de plazos, y en todo caso, la vulneración de la justicia pronta y oportuna debería aplicarse a favor del imputado.  Finalmente, señaló que los imputados en ningún momento registraron en Derechos Reales la supuesta operación “que motivó el delito de estelionato”, siendo ese el fundamento racional que las fiscales recurridas mantienen en sus Resoluciones.