Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0612/2004-R
Fecha: 22-Abr-2004
III.3.
III.3. De otra parte se denuncia que la autoridad recurrida hubiera resuelto una solicitud de complementación y enmienda a su determinación de rechazar la solicitud de cesación de detención preventiva; sin embargo, de antecedentes se constata que la audiencia respectiva concluyó a las 11:55 del 2 de marzo de 2004, careciendo la denuncia de respaldo probatorio.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- procedente
- a)
- b)
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- las resoluciones que impongan medidas cautelares personales
- Fragmento 16
- se notificó a las partes en audiencia en cumplimiento al citado art. 160 del CPP
- III.5.
- APROBAR