Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0682/2004-R
Fecha: 06-May-2004
II.3.
II.3. El 7 de enero de 2004, el acusado, Genaro Trigueño, presentó apelación escrita contra la Resolución que resolvió “la excepción de prejudicialidad planteada por la defensa” dejando presente que, debido a que no fue notificado, “recién se hizo presente en etapa de juicio oral, por lo que en ningún momento” pudo invocar en su favor excepción de prejudicialidad, alegando que al haber tenido la prerrogativa de ser funcionario público debieron permitirle ser oído previamente en el ámbito administrativo (fs. 29-30).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.2.1.
- II.2.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- se refirió a informes de auditoria, lo hizo con el fundamento de que la aportada como de cargo no reunía ciertos requisitos y que no se le había notificado con la misma
- III.5.
- III.6.
- APRUEBA