SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0685/2004-R
Fecha: 06-May-2004
a)
La recurrente sostiene que la autoridad demandada ha vulnerado el derecho a la libertad de su representado, por cuanto: a) pese a haber sido aprehendido por efectivos policiales sin mandamiento alguno, ratificó la medida privativa de libertad a solicitud de la Fiscal, quien no tiene ninguna competencia para ordenar tal medida, sin ninguna fundamentación y sin que exista acusación; b) su detención se mantiene por sesenta días sin que haya concluido la investigación y sin que el Ministerio Público haya formulado acusación en su contra; y c) no se pronunció respecto a la solicitud de sustitución de la detención preventiva. En consecuencia, corresponde analizar en revisión, si los hechos demandados ameritan la tutela solicitada.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- a)
- III.1.
- mediante resolución judicial fundada
- delito flagrante
- Éste debe ser puesto a disposición del Juez quien determinará la libertad o la aplicación de una medida cautelar.
- 1)
- ratificación de la medida adoptada,
- del momento en que recibe la acusación, no es menos cierto
- III.2.
- III.3.