Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0685/2004-R
Fecha: 06-May-2004
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
La parte recurrente ratificó los términos de su demanda y la amplió señalando que el Código niño, niña y adolescente establece un procedimiento especial para la detención, investigación y procesamiento de menores de edad, en el que se encuentran contempladas las medidas cautelares. Hizo notar que no obstante que el Código no establece la solicitud de ratificación de medida cautelar de detención preventiva, el Juez recurrido, en base al requerimiento fiscal, dispuso dicha ratificación en contra de su representado, a quien, recién antes de la audiencia de habeas corpus, pretendieron notificarle con la acusación.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- a)
- III.1.
- mediante resolución judicial fundada
- delito flagrante
- Éste debe ser puesto a disposición del Juez quien determinará la libertad o la aplicación de una medida cautelar.
- 1)
- ratificación de la medida adoptada,
- del momento en que recibe la acusación, no es menos cierto
- III.2.
- III.3.