Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0690/2004-R
Fecha: 06-May-2004
I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
El recurrente interpone amparo constitucional contra Beatriz Sandoval de Capobianco, Vocal de la Sala Penal Segunda; Víctor Hugo Rojas Sánchez, Juez Segundo de Partido y Sentencia e Irma Villavicencio Suárez, Jueza Segunda de Instrucción, solicitando se declare procedente el recurso y se disponga la anulación de obrados hasta el vicio más antiguo, o sea el momento en que la Jueza de instrucción tramite y conceda los recursos de los otros apelantes, incluido el suyo.
- recurso
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- procedente
- I.3 Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1
- II.2
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- formulen apelación incidental respecto al sobreseimiento, el juez debe conceder el recurso, solo en el efecto devolutivo, y remitir testimonio de las piezas pertinentes para ante la Corte Superior del Distrito, a fin de que ese Tribunal conforme la competencia señalada por Ley, resuelva el recurso; sin perjuicio de remitirse el expediente ante el Juez de Partido respecto del procesamiento, para tramitar la fase esencial del proceso, como es el juicio plenario
- III.2
- III.3
- III.4