SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0690/2004-R
Fecha: 06-May-2004
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
El recurrente afirma que se han vulnerado sus derechos a la seguridad jurídica, a la defensa y al debido proceso, al señalar que interpuso recurso de apelación incidental contra un auto final de la instrucción de carácter mixto (procesamiento y sobreseimiento), que le ha sido negado implícitamente por la Jueza de instrucción al disponer se remitan obrados al Juez del plenario, frente a lo cual interpuso compulsa ante la Corte Superior, donde la vocal co-recurrida mediante simple providencia y con su sola firma declaró la incompetencia del Tribunal y dispuso se remita el recurso al Juez de Partido de Montero, quien la declaró ilegal. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 de la CPE.
- recurso
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- procedente
- I.3 Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1
- II.2
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- formulen apelación incidental respecto al sobreseimiento, el juez debe conceder el recurso, solo en el efecto devolutivo, y remitir testimonio de las piezas pertinentes para ante la Corte Superior del Distrito, a fin de que ese Tribunal conforme la competencia señalada por Ley, resuelva el recurso; sin perjuicio de remitirse el expediente ante el Juez de Partido respecto del procesamiento, para tramitar la fase esencial del proceso, como es el juicio plenario
- III.2
- III.3
- III.4