SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0731/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0731/2004-R

Fecha: 14-May-2004

procedente

Por Resolución cursante de fs. 78 vta. a 81, se declaró procedente el recurso disponiendo la inmediata libertad del detenido indebidamente, dejando sin efecto lo obrado hasta el momento en que el Fiscal recurrido proceda a la citación legal del imputado, con los siguientes fundamentos: a) en todos los actuados procesales, el control jurisdiccional corresponde al Juez Instructor, por lo que dicha autoridad pudo haber mandado a subsanar los errores de procedimiento denunciados por el recurrente, consiguientemente, la detención de Rolando Copatiti Javier, es indebida e ilegal; b) el Código del niño, niña y adolescente es de preferente aplicación, por tratarse de una Ley especial -art. 5 de la Ley de Organización Judicial (LOJ)-; c) al haberse vulnerado las garantías del hijo del recurrente, se han vulnerado los arts. 9.I de la  CPE y, 7 y 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica).

Por Resolución cursante de fs. 78 vta. a 81, se declaró procedente el recurso disponiendo la inmediata libertad del detenido indebidamente, dejando sin efecto lo obrado hasta el momento en que el Fiscal recurrido proceda a la citación legal del imputado, con los siguientes fundamentos: a) en todos los actuados procesales, el control jurisdiccional corresponde al Juez Instructor, por lo que dicha autoridad pudo haber mandado a subsanar los errores de procedimiento denunciados por el recurrente, consiguientemente, la detención de Rolando Copatiti Javier, es indebida e ilegal; b) el Código del niño, niña y adolescente es de preferente aplicación, por tratarse de una Ley especial -art. 5 de la Ley de Organización Judicial (LOJ)-; c) al haberse vulnerado las garantías del hijo del recurrente, se han vulnerado los arts. 9.I de la  CPE y, 7 y 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica).