SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0056/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0056/2004

Fecha: 22-Jun-2004

k)

k)  Instalada la audiencia para la recusación de los vocales de la Sala Civil Segunda, en cumplimiento del art. 11.IV de la LAPCAF, el Tribunal resolvió no dictar resolución inmediatamente en ese acto cual prevé el art. 12-1) y 2) de la LAPCAF en mérito a estar pendiente de pronunciamiento del Tribunal Constitucional el segundo recurso de inconstitucionalidad, decisión “asumida en aplicación preferente del art. 63 de la Ley Nº 1836” que impone la continuación del trámite hasta el estado de pronunciarse la sentencia o resolución final que corresponde, mientras no se pronuncie el Tribunal Constitucional. Inmediatamente conocida la Resolución del citado Tribunal, la Sala de recusación señaló audiencia para resolver oralmente como dispone el art. 12-II de la LAPCAF, extremo que fue cumplido según acta “de fs. 331-332”.