Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0893/2004-R
Fecha: 08-Jun-2004
I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
De acuerdo a lo relatado plantea recurso de amparo constitucional contra José Pompilio Coca Sejas, Juez Primero de Partido en lo Penal Liquidador, solicitando sea declarado procedente, por ende, se declare la nulidad de obrados hasta que el juez de instrucción ordene la publicación del edicto de emplazamiento a Edgar Cáceres, en el periódico Opinión o Los Tiempos o en otro periódico de circulación nacional, sea con imposición de costas, daños y perjuicios.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- procedente
- Fragmento 6
- II.1.
- II.2.
- II.3. Posteriormente, durante el plenario de la causa,
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1.
- esté legitimado para impugnar el acto u omisión reclamado
- III.2.
- III.3
- las instancias del proceso penal
- REVOCAR