SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0893/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0893/2004-R

Fecha: 08-Jun-2004

las instancias del proceso penal

          En este sentido, cabe señalar que el alcance de la representación de los defensores de oficio, como lo ha señalado la SC 549/2004-R “se circunscribe a las instancias del proceso penal; no pudiendo comprender dentro de las mismas al recurso de amparo constitucional que es un recurso extraordinario, que procede contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de los funcionarios o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos y garantías de la persona reconocidos por la Constitución y las leyes, y que por expresa previsión constitucional debe ser interpuesto por la persona que se creyere agraviada o por otra en su nombre”.