SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0933/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0933/2004-R

Fecha: 15-Jun-2004

III.6.

III.6. Por otra parte corresponde señalar que de acuerdo a la jurisprudencia desarrollada por este Tribunal -entre ella, la SC 701/2001-R-, de 10 de julio, dentro de las garantías del debido proceso consagradas por el art. 16 de la CPE, se encuentra la cosa juzgada, entendida, como "la fuerza reconocida por la ley a la decisión del Juez para regular jurídicamente en forma relativamente inmutable el caso concreto decidido", relatividad que según la jurisprudencia constitucional, se puede presentar de manera excepcional, cuando de por medio exista lesión a un derecho fundamental, en cuyo caso inexcusablemente se abre el ámbito de protección del Amparo Constitucional (SSCC 111/1999-R, 322/1999-R, 103/2001-R y 727/2001 entre otras).