SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0952/2004-R
Fecha: 18-Jun-2004
II.9
II.9 Martina Mamani Vda. de Quispe, planteó contra todos los ahora recurrentes y contra Eloy Vela Cruz, demanda de nulidad de minutas, escrituras públicas, cancelación de partidas en DDRR, restitución de posesión y entrega de inmueble bajo alternativa de lanzamiento y calificación de daños y perjuicios (fs. 353 a 362), que fue admitida por Auto de 21 de noviembre de 2003, disponiendo el Juez Segundo de Partido en lo Civil de El Alto de La Paz, la notificación de los demandados para que respondan en el plazo de ley (fs. 365 vta. a 366); proceso actualmente en trámite y que por Auto de 27 de abril de 2004 (fs. 367) fue anulado hasta fs. 86, ordenando el Juzgador la notificación con el decreto de fs. 85 vta. que dispone la anotación preventiva de varias partidas computarizadas en DDRR, a todos los demandados.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Informe del tercero interesado
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5
- II.7
- II.8
- II.9
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1.
- las partidas de inscripción en el Registro de DDRR
- III.3
- REVOCAR