Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Esa decisión judicial fue apelada por la parte contraria, por lo que los vocales recurridos, previo requerimiento fiscal, emitieron el Auto de Vista de 7 de mayo de 2004, que revocó la resolución impugnada, imponiendo al representado del actor medida
Fecha: 02-Jul-2004
III.2.
III.2. En la problemática planteada, se evidencia que dentro del proceso penal seguido contra el representado del actor por la presunta comisión de los delitos de estafa, estelionato, apropiación indebida y abuso de confianza previstos en los arts. 335, 337, 345 y 346 del CP, el Ministerio Público solicitó la aplicación de medidas sustitutivas, pedido que fue rechazado por Resolución de 30 de abril de 2004, pronunciado por el Juez Instructor Segundo Cautelar, quien dispuso la libertad irrestricta del imputado, bajo el argumento de no haberse acreditado peligro de fuga u obstaculización del procedimiento.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de las autoridades y persona recurridas
- Fragmento 5
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- “… deberá fundamentar en derecho, la decisión de aplicar la medida cautelar de carácter personal,
- REVOCAR