SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0078/2004
Fecha: 20-Jul-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El presente recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad fue promovido dentro del proceso disciplinario que se sustancia ante el Consejo de la Judicatura a denuncia interpuesta por Edward Anthony Burke Pommier contra los vocales de la Sala Penal Segunda, Gonzalo Peñaranda Taida y Eduardo Guamán Prado, demandando la inconstitucionalidad del art. 89.I de la LTC que dispone que los recursos de hábeas corpus deben ser presentados en las capitales de departamento ante la Corte Superior de Distrito en una de sus Salas, por turno o ante un Juez de partido de turno, a elección del demandante; y en las provincias, ante juez de partido o en su defecto ante juez de instrucción, en demanda de que se guarden las formalidades legales, por ser presuntamente contrario a lo dispuesto por el art. 18.I de la Constitución Política del Estado (CPE). Corresponde analizar si tales vulneraciones son evidentes.