Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1064/2004-R
Fecha: 07-Jul-2004
II.11.
II.11. El 1 de abril de 2004, mediante CITE: D.G.P.A.-UDECO 5.4.2.1. OF. 0127/2004, el Viceministro de Política Tributaria del Ministerio de Hacienda, comunicó al LAB S.A. que de acuerdo a informe de análisis técnico y jurídico, Cite: D.G.P.A.-UDECO 5.4.2.1. Inf. 34/2004, de la Dirección de Política Arancelaría, y nota interna D.J. 416/04, en concordancia con el criterio técnico de la Aduana Nacional se estableció la improcedencia de la solicitud de incluir como material de uso aeronáutico al simulador de vuelo -al amparo del art. 29 de la LGA- (fs. 154).