SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1151/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1151/2004-R

Fecha: 23-Jul-2004

2º. DECLARA IMPROCEDENTE

Se recomienda a la Corte del recurso que, al emitir las Resoluciones en este tipo de  acciones constitucionales, tome en cuenta el contenido que las mismas deben tener al tenor de lo dispuesto por el art. 48 LTC., esencialmente en cuanto al análisis de las cuestiones de derecho,  es decir,  expresar en forma clara y expresa los motivos legales en los que funda su decisión, por cuanto en la Resolución venida en revisión no se encuentra una fundamentación cual en derecho se requiere.