Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1151/2004-R
Fecha: 23-Jul-2004
III.5
III.5 Finalmente, es importante aclarar, en cuanto a lo expresado por el Juez co- demandado, resumido en el numeral I.2.2.-d) de esta Sentencia en sentido que existirían vicios de nulidad en el proceso ejecutivo indicado, no corresponde a este Tribunal pronunciarse al respecto en mérito a que ese extremo no ha sido demandado ni mencionado por la parte recurrente.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6
- II.7
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Fragmento 16
- III.3.
- III.4.
- III.5
- 2º. DECLARA IMPROCEDENTE