SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1151/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1151/2004-R

Fecha: 23-Jul-2004

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

En el memorial presentado el 6 de abril de 2004 (fs.263 a 271 vta.), el recurrente aduce que dentro del proceso ejecutivo seguido por el Banco Económico SA. contra Heber Melgar Melgar y Víctor Hugo Melgar Melgar, se remató el único inmueble embargado de propiedad de los ejecutados en $US1.000.- adjudicado a la Entidad ejecutante, por lo que pidió el desapoderamiento, ante lo que el Oficial de Diligencias, realizada la inspección, informó que el bien estaba habitado por Roger Antelo en calidad de anticresista, a quien el Juez otorgó 15 días para su desocupación desde su notificación que se efectuó el 13 de enero de 2003.

Relata que el 10 de febrero de 2003, fueron sorprendidos por la extemporánea oposición realizada por el supuesto nuevo propietario Fabri Russel Cabrera Garamende, con la supuesta minuta de compra del inmueble de Herbert Melgar Melgar posterior al embargo del proceso. No obstante ello y de lo dispuesto por el art. 36-I y II de la Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar (LAPCAF), el Juez  por Auto de 27 de marzo de 2003 resolvió la oposición a favor del “opositor fraudulento”, contra lo que formuló apelación, recurso que fue conocido por los Vocales recurridos que, en forma ultra petita, confirmaron el Auto apelado y agravaron la situación del Banco porque fundamentaron su posición en el art. 45 LAPCAF declarando la caducidad de la anotación preventiva lograda por la Entidad mandante, fallo que no se circunscribió a la alzada  planteada por su parte.