SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1227/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1227/2004-R

Fecha: 02-Ago-2004

III.4.4.

III.4.4. Finalmente otro elemento importante a tomar en cuenta, es que el recurrente para presentar su última solicitud de cesación no presentó la documentación idónea que le otorgue validez legal a su prueba para que sea compulsada, extremo que fue expuesto en la Resolución 65/2004; y que no ha sido negado por él; consiguientemente bajo esa negligencia de su parte no podía exigir que el Juez recurrido le hubiera compulsado su prueba acompañada a su última solicitud; consiguientemente ante la falta de ésta, se rigió por los antecedentes a la misma, por lo que ante esta situación el recurrente puede, como se ha establecido en varios fallos de este Tribunal, presentar una nueva solicitud aportando prueba idónea y además suficiente que demuestre debidamente su nueva situación patrimonial que a su vez acredite y aporte elementos de convicción en el juzgador de que efectivamente está imposibilitado de otorgar la fianza económica impuesta.