SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1227/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1227/2004-R

Fecha: 02-Ago-2004

improcedente

Concluida la audiencia, el Tribunal del Recurso declaró improcedente el hábeas corpus con el fundamento de que las normas previstas por el art. 250 del CPP, señalan que el Auto que imponga una medida cautelar o la rechace es revocable o modificable aún de oficio, y en el caso, el recurrido Juez a pedido del recurrente rebajó la fianza calificada inicialmente, con lo que se demuestra que el recurrente puede volver a solicitar la disminución de la fianza; consiguientemente no se ha atentado contra la libertad del recurrente.