SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1239/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1239/2004-R

Fecha: 02-Ago-2004

III.5.

III.5. Respecto a la denuncia referida a que, conducido el recurrente a dependencias de la PTJ y puesto a disposición del Fiscal recurrido, esta autoridad dejó que le tomaran su declaración sin su abogado y que se le impusiera una abogada del Banco; y luego al no aceptar devolver el dinero que le exigía porque no cometió ningún delito, sin fundamentar debidamente y sin que los delitos por los que se le denunció hicieran procedente la aprehensión, la dispuso y además lo remitió fuera del plazo legal al Juez Cautelar; cabe fundamentar de la siguiente manera: